El trabajo es fruto de la colaboración entre la
Asociación para el Estudio de la Biología de la Reproducción (ASEBIR) y la
Sociedad Española de Fertilidad (SEF). El trabajo fue presentado para su
difusión en la sede esta última, el pasado jueves (23 de mayo).
Madrid 27/05/2013, Luis Ximénez
El manual es obra del Grupo de Trabajo conjunto de la
SEF y Asebir y, además de ofrecer recomendaciones y aclarar las dudas sobre
calidad y seguridad en la donación, la obtención, la evaluación, el
procesamiento, la preservación, el almacenamiento y el transporte de células y
tejidos humanos, brinda a los centros de reproducción asistida un modelo de
acuerdo para la transferencia de materiales orgánicos, una vez que un centro
cese en su actividad.
Dicho acuerdo-tipo debe ser entendido como una garantía
para la preservación de los gametos y los embriones.
Seguridad Jurídica y vacíos legales.
El Real Decreto 1301/2006, de 10 de noviembre de ese
año, vino a trasponer las directivas europeas DE 2004/23/EC y DE 2006/17/CE.
Con esta ley, España se adecuó a lo dispuesto por las autoridades comunitarias
en todo lo relacionado con la calidad y la seguridad en la obtención, manejo,
conservación y transporte del material humano, ya sean células o tejidos. Con
el RD, se dio un paso más allá de la Ley 14/2006 sobre técnicas de reproducción
asistida (TRA). Aunque Europa concedió hasta 2007 como moratoria para adoptar
los nuevos preceptos, a día de hoy, dicha legislación no ha sido todavía
debidamente implementada en España.
Para ayudar a comprender esta extraña
situación jurídica, la SEF y Asebir han editado el mencionado manual, destinado
a que los centros de Reproducción Humana y sus profesionales puedan desarrollar
su trabajo con la debida seguridad jurídica. Principalmente, los problemas
actuales son aquellos que se derivan de una inspección insuficiente por parte
de las autoridades sanitarias (autonómicas)
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