viernes, 10 de octubre de 2008

Segunda Opinión Medica en Andalucia (España)

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LA PRÁCTICA TOTALIDAD DE LOS INFORMES DE 2ª OPINIÓN MÉDICA COINCIDE CON LA DADA EN UN PRIMER MOMENTO.
Sevilla 09/10/2008

La Consejería de Salud de Andalucía ha emitido un total de 925 informes de 2ª opinión médica en los 5 años de vigencia de este derecho, de los que, en el 97,3% de los casos (900), coincidió la opinión de los expertos con el diagnóstico o el tratamiento indicado previamente por los médicos, y tan sólo en 25 se produjeron discrepancias.

Andalucía fue la primera comunidad autónoma en implantar la 2ª opinión médica, que entró en vigor el 1 de agosto de 2003.
Desde entonces, el paciente que tiene dudas sobre su diagnóstico puede solicitar este derecho, vigente para las circunstancias clínicas relacionadas con las siguientes patologías: accidente cardiovascular y tromboembolismo, aneurisma, aparato locomotor, cardiopatías congénitas, columna, enfermedades coronarias, enfermedades degenerativas, enfermedades raras, epilepsias, escoliosis, neoplasias malignas, neoplasias de la piel, patologías oftalmológicas, trasplantes de órganos, tumor cerebral y parálisis cerebral infantil.

Del total de informes de segunda opinión médica emitidos, 509 corresponden a neoplasias malignas y 281 a enfermedades raras.
También son destacables otras enfermedades como las enfermedades degenerativas, las escoliosis, las patologías coronarias, cardiocongénitas, accidentes cerebro-vasculares, epilepsias, trasplante de órganos, problemas de columna y del aparato locomotor.

Expertos de reconocido prestigioLos informes corren a cargo expertos de reconocido prestigio y se garantiza un tiempo máximo de 30 días para ofrecer una respuesta a la persona que solicita un informe de 2ª opinión médica.

Actualmente, son 126 expertos de 30 especialidades los encargados de realizar la 2ª opinión médica.
Cada solicitud es estudiada por un facultativo experto en la enfermedad diagnosticada, que basa su informe en las pruebas ya realizadas, con lo que se le evitan al paciente desplazamientos innecesarios.
Si la opinión del experto coincide con la del facultativo que está tratando al paciente, se le informa para que inicie o continúe su tratamiento.
Si por el contrario es discrepante, el proceso terapéutico es analizado por un grupo de expertos, integrado por profesionales de máximo nivel que emiten un informe colegiado.

El derecho a una 2ª opinión médica puede ser ejercido por el propio ciudadano, por sus familiares o representantes legales.
La solicitud que hay que cumplimentar para solicitar este derecho está disponible en todos los centros administrativos dependientes de la Consejería de Salud, así como en los centros concertados.

Además, los ciudadanos pueden descargar los formularios en la oficina virtual del sistema sanitario público andaluz a través de las páginas web de la Consejería ( www.juntadeandalucia.es/salud ) y a través de Inters@s en la del Servicio Andaluz de Salud ( www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud ).

También se puede solicitar información sobre este derecho a Salud Responde (902 505 060), operativo las 24 horas del día, los 365 días del año.

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